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Artículos  de Derecho 

Ensayo sobre la reparación integral

 

 

Ab. Luis Alejandro Vásquez Reina

 

La esperanza de un mundo seguro y habitable recae en gente inconformista y disciplinada que están dedicadas a la justicia, paz y hermandad.-Martin Luther King.

 

Introducción

 

El Derecho Penal es una  ciencia  que a lo largo del tiempo se ha  encargado de regular las  conductas  humanas  y de  imponerles una  sanción por los actos cometidos que atentan el ordenamiento jurídico y como tal  el orden público, impidiendo la paz  social. Esta área  del Derecho es muy interesante  por cuanto a través  de  sus  sistemas  que han ido  evolucionando, se ha  pretendido ir  regulando el Ius  Puniendi que está  en manos  de un Estado, es la potestad  sancionadora  de  los diversos  actos que afectan a una sociedad. Se ha establecido  dos  finalidades: Por un lado el control del poder y por el otro la criminalización de la pobreza. Tenemos que  comprender  que  todos estos  fines  se los logra  con trabajo de las  autoridades, sin ello no hay avance favorable  para un país.

 

Nuestro Código Orgánico Integral Penal entra en vigencia  en el año 2014 con una propuesta renovadora  en donde  ya se  apunta  al reconocimiento de  principios  como la mínima  intervención penal, oportunidad, favorabilidad, proporcionalidad, igualdad, privacidad y confidencialidad,intimidad,  objetividad, entre otros. Es  claro decir  que dentro de  este  sistema  acusatorio adversarial,  las personas  que  están inmersas  en el procedimiento penal, sean como víctimas o procesados, tienen derechos  y garantías que les  reconoce  el Estado Constitucional de Derechos  y Justicia, como reza nuestra  Constitución del 2008, lo que se pretende  es  el acceso efectivo  a la  justicia  de manera  digna  y sin ningún tipo de  abuso por parte del sistema.  En el presente  ensayo analizaré  la reparación integral, un tema muy importante  para  la realidad jurídica y social.

 

Desarrollo

 

El Código Integral Penal empieza  explicando que  todos los intervinientes  en el proceso  penal son titulares de derechos  humanos reconociedos  en la  Constitución y en los Instrumentos  Internacionales. Dentro del tema de  análisis  hay que  comprender  cuál es  el concepto idóneo  de Víctima.

 

La Asamblea General de  la ONU, en su resolución 40/34 manifiesta:

 

Se entenderá por "víctimas" las personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de los derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente en los Estados Miembros, incluida la que proscribe el abuso de poder (1985).

 

Al decir  que  la persona  ha sufrido  daño nos  referimos  expresamente  al perjuicio ocasionado en el ser humano que  ha  afectado a  sus  bienes jurídicos  protegidos  como resultado de  un acto de  violencia  que  en la norma penal está  tipificada  como delito, esta  es  una realidad  muy cruel, porque las  secuelas  muchas  veces  no  son  superables y esto les  queda  para  toda la vida. En el estudio del área de  victimología, se  dice que los ciudadanos incluso llegan a tener un miedo al delito porque  se  reflejan en las  tasas  de criminalidad  y el alto nivel de  inseguridad  esto varía dependiendo del territorio en que habitan, pero de  igual manera  están sujetos  a esa inquietud  o  sentimiento.

 

 

El artículo 78 de la  Constitución de la República del Ecuador establece:

 

Las víctimas de infracciones penales gozarán de protección especial, se les garantizará su no revictimización, particularmente en la obtención y valoración de las pruebas, y se las protegerá de cualquier amenaza u otras formas de intimidación. Se adoptarán mecanismos para una reparación integral que incluirá, sin dilaciones, el conocimiento de la verdad de los hechos y la restitución, indemnización, rehabilitación, garantía de no repetición y satisfacción del derecho violado. Se establecerá un sistema de protección y asistencia a víctimas, testigos y participantes procesales.

 

Nuestra  Constitución al ser considerada  como garantista  de Derechos, abre  un abanico de protección especial para las  víctimas  quienes  han sufrido como consecuencia de  esta tragedia  social que  los grandes  doctrinarios  se han referido  que son el resultado  las  crisis  económicas, las  hambrunas, la injustica  social , las  guerras, la corrupción, la impunidad, los crímenes, todo esto genera  la  victimización todos los días  del año, y se empeora  la situación cuando  las políticas  públicas emanadas  del Estado no han sido  suficientes  para  lograr controlar la inseguridad  en el territorio nacional y la  delincuencia se ha  expandido con nuevos  medios  para  delinquir.

 

Pero es necesario entender  que  dentro del proceso  penal  se habla  de una reparación integral, es necesario entender  que  este  concepto es muy importante  en la realidad  porque  si bien es cierto la víctima ya sufrió el perjuicio pero  las  cosas  no quedan ahí si no que se debe  reparar  a la  víctima.

 

La  ONU en la  resolución 60/147 sugiere  en su artículo  10:

 

Las víctimas deben ser tratadas con humanidad y respeto de su dignidad y sus derechos humanos, y han de adoptarse las medidas apropiadas para garantizar su seguridad, su bienestar físico y psicológico y su intimidad, así como los de sus familias. El Estado debe velar por que, en la medida de lo posible, su derecho interno disponga que las víctimas de violencia o traumas gocen de una consideración y atención especiales para que los procedimientos jurídicos y administrativos destinados a hacer justicia y conceder una reparación no den lugar a un nuevo trauma (2005).

 

Al hablar  de un Derecho Penal Humanizado  nos  referimos  a esa atención especial tanto para que se le repare a  la víctima  y a  su vez  se  le rehabilite  a la persona  que  cometió el ilícito  y que  fue sancionado conforme  a la norma penal.  Nuestro Código Orgánico Integral Penal establece claramente que  las  víctimas debe gozar de mecanismos de  reparación integral que conlleve el conocimiento de la verdad de los hechos , el restablecimiento del derecho lesionado, la indemnización, la garantía de  no repetición de la infracción, la satisfacción del derecho violado y cualquier  otra forma de  reparación.

 

La  ONU en la  resolución 60/147, en su artículo 18 establece:

 

Conforme al derecho interno y al derecho internacional, y teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso, se debería dar a las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario, de forma apropiada y proporcional a la gravedad de la violación y a las circunstancias de cada caso, una reparación plena y efectiva, según se indica en los principios 19 a 23, en las formas siguientes: restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición.

 

Los daños que  sufre la víctima se  dividen en materiales  e inmateriales, pero estos  hay que  ponerles  mucha  atención por cuanto al momento de hablar de reparación  se deberá  mirar  no solo a una satisfacción económica  si no a esa posible recuperación  de la  dignidad  del afectado, así nos referimos a  diferentes  actos  morales  que deberá  cumplir  el victimario para  poder  resarcir  en una parte  a los daños  ocasionados.

 

 Además  es  importante  tener  en cuenta  que  la Fiscalía General del Estado dirigirá el sistema nacional de protección a víctimas, testigos  y otros  participantes  del Derecho Penal. Esto es sin duda, un aporte elemental para la protección de  Derechos que garantiza  nuestro marco constitucional.

 

La  reparación, la cuál según Berinstain (2010)  se  refiere a:  “un conjunto   de  medidas  orientadas  a restituir  derechos  y mejorar   la  situación de las  víctimas, así como promover   reformas  legales   o institucionales   que  impidan la  repetición de  las  violaciones”.

 

Conclusión

 

A modo  de conclusión dejaré  claro que  la persona  que sufrió  un agravio a  sus derechos,  tiene que  exigir  la reparación  integral  que le corresponde  pero  eso no le va  hacer  recuperar  su proyecto de  vida  que  quedó destrozado al momento de  haber sido víctima  de  un delito, si vamos a ejemplificar  esto, nos vamos  a un caso de  violación de  una  niña o niño por parte  de un docente de  una institución, un tema que  está generando conmoción en nuestro país, esto constituye una situación crítica que pone una alarma social y deja en nuestra mente que  todos esos seres humanos  vulnerables  no volverán a tener  una  vida  igual.

 

Se puede decir que con la reparación integral les quedará la esperanza  de que no se  volverá a  repetir  esos actos  que  acabaron con ilusiones, actos  que acabaron con los  sueños  mismos  de  niños  que  no se  imaginaron que  iban a  pasar  por un atropello de  esta  clase tan indignante que  rompen los  esquemas  de Derechos Humanos.            

 

Como profesionales  del Derecho debemos estar  comprometidos  a la preparación permanente  para  poder  litigar  de manera  responsable y con una  visión de hacer respetar los derechos  que gozamos  todas  las  personas atendiendo el principio pro homine.  Sigamos trabajando  por  la justicia  en nuestro  país,  con eso  tendremos un avance  como sociedad.

 

Fuentes  Bibliográficas:

 

Berinstain, C. (2010). Manual sobre  perspectiva Psicosocial en la  Investigación de  Derechos  Humanos.  Bilbao: Hegoa.

Asamblea General de las Naciones Unidas. (1985). Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder. Recuperado enhttp://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/VictimsOfCrimeAndAbuseOfPower.aspx

Asamblea General de las  Naciones  Unidas (2005). Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones. Recuperado de http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/RemedyAndReparation.aspx

Asamblea Constituyente. (2008). Constitución de la República del Ecuador. Recuperado de  http://www.asambleanacional.gov.ec/documentos/constitucion_de_bolsillo.pdf

Asamblea Nacional. (2014). Código Orgánico Integral Penal. Recuperado de  http://www.justicia.gob.ec/wpcontent/uploads/2014/05/c%C3%B3digo_org%C3%A1nico_integral_penal_-_coip_ed._sdn-mjdhc.pdf

LA ACTUALIDAD Y EL DESARROLLO DE NUEVOS ACTOS ILÍCITOS, COMO TAMBIÉN NUEVOS MECANISMOS DE CONSUMACIÓN.

 

La sociedad pasa por algunas épocas y, dentro de ellas, se puede detectar  cambios por el dinamismo  y las nuevas  tendencias en todos los  aspectos.  Y sobre todo, en los actos humanos existen nuevas necesidades y, de la misma manera, las personas  quieren satisfacerlas. A lo largo de los años, los seres humanos han luchado por  sus pretensiones. Los cambios están reflejados en el fenómeno de la globalización, y esto conlleva un avance de aspectos  políticos, económicos, jurídicos, culturales, etc. La globalización es un fenómeno inevitable en la historia humana que ha acercado el mundo, a través del intercambio de bienes y productos, información, conocimientos y cultura. En las últimas décadas, esta integración mundial ha cobrado velocidad de forma espectacular debido a los avances sin precedentes en la tecnología, las comunicaciones, la ciencia, el transporte y la industria.

“La  sociedad  actual  aparece  caracterizada   básicamente   por  un marco  económico  rápidamente   cambiante y por la  aparición de  avances  tecnológicos  sin paragón  en toda  la historia  de la  humanidad” (Silva, 2011, pág.11). Tomando en cuenta  lo que nos dice  este  autor  mencionado  se puede  establecer  un criterio  enfocado desde  el desempleo,  los  bajas  remuneraciones  y un actual  mundo de  inestabilidad  económica.  Toda  persona tiene  sueños  y  metas.  Pero  nos encontramos  frente  a un sistema  en donde  hay corrupción,  demagogias,  nepotismo.  Y las  únicas  personas  que  se  encuentran  frente  a los  altos  cargos  públicos:  son familiares  o personas  que han estado  halagando  a la cabeza  de  determinado partido  político.

Dentro de nuestro país, podemos identificar que  existen  personas  que se han preparado  en nivel primario, secundario y educación superior  pero ellos y ellas  son  las personas  que no han encontrado  un  trabajo estable. Por  el sector  privado  se  puede  observar  que  todos  quieren personas  jóvenes  y, de la misma  manera.  exigen experiencia.  Poniendo el ejemplo  de  que determinada  empresa  quiera  contratar  un ingeniero en sistemas  y esta persona  tiene  64  años: no va ser  acogido; pero  existe un joven  que  tiene  20  años  que recién ha salido de  la  universidad,  y tampoco lo quieren porque  no posee  esa  experiencia .

Todas  esas  personas  tienen familia  y necesitan llevar  un dinero a casa  para  cubrir  la alimentación, la vivienda  en caso de  arrendar y no tener  domicilio propio,  la educación de los hijos, la  salud , los  servicios  básicos. Y todos  ellos  entran  en una desesperación por  querer  alcanzar esa satisfacción de necesidades para  su núcleo  familiar.  Pero  si no  tienen  la oportunidad  o  no tienen el sustento, despierta  esa  idea  de  obtener  dinero  fácil  y esto se  lo hará a  través  de  actividades  ilícitas. Desde  otro punto de  vista  casi similar, se  puede  identificar  a aquellas  personas  en donde  existen problemas  en sus  familias  y existe  inestabilidad  emocional. Son aquellas  que  se  han visto inmersas  en problemas  de la  sociedad.  Si existen  familias  destruidas,  puede haber  hijos  sin control y esto supone  que  pueden implicarse  en actos que son contrarios  a la  ley.  Como consecuencia,  habrá  una  sanción por  parte  del Estado  quien,  a  través  de  sus organismos y funciones,  tienen  la potestad  de  sancionar  a la persona.

Para ejemplificar lo referido, podemos mencionar el ejemplo de la madre soltera de una determinada familia, que tuvo que emigrar  a  otro  país.  Ya que no encuentra  empleo  y  tiene  dos  hijos de 16 y 18 años.  Los cuales, deben cubrir sus  necesidades. Y ellos  deberán quedar con un familiar,  quien los tendrá  que cuidar.  Pero, ya en la realidad, si los dejan a adultos mayores: ellos no podrán ejercer  autoridad  como  los propios  padres,  para controlar  a un par de  adolescentes. En  este momento  existirán problemas  y no en todos  los casos,   pero si en algunos,  van existir  tendencias  de  escoger  malas  amistades. Lo podría ser  el inicio de una conducta  desviada.

“La  conducta  desviada   hace referencia  a un estilo de  vida  opuesto   a las  reglas  de  convivencia, ya sea puntuándose a  ellas o en contradicción de sus  preceptos y prohibiciones, la delincuencia   constituye  la  forma  más  seria  que  puede  revestir” (Amato, 2007, pág. 32).

Por nuestra propia naturaleza, por ser sujetos  en  inter-relación, los seres humanos  tendemos  a  asociarnos. Pero,  muchas veces,  esos  vínculos que  forman las personas no son totalmente  legales;  y eso implica  que se  encuentra en contra  del  ordenamiento jurídico  de  una  sociedad.  No todas las personas  quieren  intervenir en esto, sino que  son víctimas  del  medio en donde  se  encuentran y esto podría  tener  repercusiones  en el transcurso del tiempo. En la  actualidad  dentro de  la  clasificación  de los delitos, encontramos los  siguientes:  delitos  contra la vida, contra  la  integridad  sexual y reproductiva,  contra la honra, contra  el patrimonio, contra  el Estado,  contra  la administración pública, entre otros. Los  más practicados en una  sociedad  globalizada  son el asesinato, las  violaciones y la explotación sexual.  El turismo sexual, los  delitos  cibernéticos  e  informático.  El narcotráfico, la trata de personas con sus distintas finalidades y el lavado de  dinero. El peculado, el enriquecimiento ilícito, el contrabando, el robo, las extorsiones, los  secuestros, etc.

En el Ecuador, nuestro Código  Orgánico  Integral Penal  ha  tipificado estas  conductas  y  otras  más.  El ordenamiento  jurídico trata  de  poner  las normas,  para  que la sociedad  se  sujete  a ellas. De  esta  manera,  se  pretende  establecer  un orden público  y sobre  todo  lograr esa  paz social.  Se  está viviendo  en un medio en donde  la inseguridad  ha crecido  y,  que  a pesar  de los  grandes  esfuerzos  por  controlarla, ésta  ha  arremetido  contra  las personas,  grupos  de  atención prioritaria , las  empresas y el Estado.

De  todos los delitos  mencionados,  es importante destacar  algunos  elementos  para  comprender  de mejor  manera  su desenvolvimiento  en la  sociedad y los  grandes  perjuicios. El narcotráfico es un mal que siempre  existió, el tráfico de  drogas  se convirtió  en una  industria  ilegal. Lo que ha generado que existan redes en todo  el mundo. Sustancias  como  la  cocaína , heroína, las anfetaminas, el LSD u otras  son codiciadas  en algunos países.  Y las  ganancias  del comercio  ilegal:  se han visto reflejadas  en otros  fines; de la misma manera,  el lavado de  dinero  ha sido un problema  paralelo. Porque las personas, que han estado inmersas  en estas  actividades, han querido  ocultar  en otros  negocios lícitos  y normales. Para  no levantar  sospecha  a las  autoridades,  de  donde  ha salido  esos  capitales.

Dentro de la misma tendencia  delictual,  encontramos  al microtráfico  que  es  un problema  que  afecta  a los  más  débiles  pero  los beneficios  son para los cabecillas  de estas redes  delictivas. En el Ecuador,  existe  el problema  mencionado  y ataca  a los  adolescentes  de los  colegios y a los  jóvenes  de las universidades. Como hacía  referencia anteriormente,  las personas  que  se  encuentran  asociadas:  son aquellos  que escogieron las malas  amistades o quisieron ganarse  un dinero fácil;  pero,  dentro  del mundo  de las  drogas,  existe  la entrada, más  la salida  está  trabada  de  temores  y amenazas. Es por esta  razón, que se  dificultan las denuncias  ante  las autoridades  judiciales  y  el escape  de  las  redes del microtráfico.

En los  delitos  sexuales,  se  puede  evidenciar  que las  víctimas  serán en su mayoría  niñas, niños  y adolescentes. Pero también  existen chicas  y jóvenes que han  sido  capturados  para  la prostitución y  la pornografía, la explotación sexual  y  el turismo sexual.  Todos  los  países  se  han preocupado  porque  son delitos  a  escala  transnacional  e internacional,  y requieren  control estricto sobre  todo  en las  fronteras. Dentro  del mundo de  la  corrupción, podemos  identificar  al peculado y al enriquecimiento  ilícito.  El  trabajo es  un derecho y un deber  social, pero  esa  concepción se  ha visto  rezagada  por  aquellas  personas  que  han entrado a las  instituciones  públicas.  Con la  finalidad  de  obtener  un lucro personal  y, lamentablemente, se han olvidado  de servir  a la  sociedad.

Los  delitos  que  atentan la libertad  y el patrimonio son  extensos.  Y los más  practicados  en nuestra  sociedad, como  el secuestro  y  rapto, se lleva  a cabo por las  grandes bandas  y redes  delictivas. Por otro lado  el robo, la estafa y la  extorsión se  han constituido en prácticas  rutinarias  para  lograr ese  lucro  personal. Dentro  de los  delitos  contra  la vida,  tenemos  al  asesinato. Este  término ha  ido  más  allá de  su  significado,  debido a que  se ha  vuelto  un medio  de ajuste  de  cuentas,  venganza  y  un componente de los otros  delitos que atentan contra  las  personas.

Como producto de los  avances  tecnológicos,  han nacido  nuevas  conductas que  se cometen a través  del internet  y las  redes  sociales. Hablamos de  los delitos  cibernéticos  e  informáticos, que atentan a las  personas, las  empresas y  al Estado. El acoso  por internet, los hackers (acceso ilícito a  sistemas  informáticos), la falsificación informática, las  extorsiones  virtuales, la pornografía, la piratería informática, entre  otros. Todos  esos actos  de los seres  humanos  han reflejado esa  carencia  de  valores  y de formación en la persona.  Muchas  veces  no depende  de la persona,  sino del medio en el que está rodeado.  El Derecho Penal  regulará  esas  conductas  y, de  ser  ilícitas, serán objeto de  sanción.

 

Bibliografía:

 

 Silva, J. (2011). La expansión del Derecho Penal. Buenos Aires: Editorial IBdeF.

Amato, M. (2007). Delincuencia, Prostitución y Drogas. Buenos Aires: Ediciones La Rocca.

 

AUTOR DEL ARTÍCULO: LUIS ALEJANDRO VÁSQUEZ

 

ELABORADO EN EL 2016 Y PUBLICADO EN ESTUDIANTES ECUATORIANOS DE DERECHO

https://estudiantesecuatorianosderecho.wordpress.com/2016/05/27/la-actualidad-y-el-desarrollo-de-nuevos-actos-ilicitos-como-tambien-nuevos-mecanismos-de-consumacion/

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